TESTIMONIO: VISTO: Que el Club Atlético Ferroviarios registra deuda en concepto de Tasas Municipales en el periodo comprendido entre los años 1986 a mayo de 1994 inclusive. Que la entidad no está en condiciones económicas de cancelar dicha deuda, y CONSIDERANDO: Que la misma puede ser exigible por el Municipio colocando en difícil situación al Club Atlético Ferroviario, y que dicha entidad ha cedido las instalaciones durante cuatro (4) años para uso de las Escuelas municipales de iniciación Deportiva en las disciplinas de Handball y Básquet, sin recibir pago alguno por parte del Municipio por un cúmulo de tiempo que ha restado horas para el alquiler del gimnasio. Que teniendo en cuenta la deuda impositiva de la entidad con el Municipio por una cuestión de equidad y en reconocimiento por la utilización anteriormente mencionada. POR EILO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 155/96 ---------------------------------- ARTICULO 1.- Condonase la deuda que registra el Club Atlético ------------ Ferroviarios en concepto de Tasas Municipales de acuerdo con el informe elaborado por el Departamento de Recursos Municipales, comprendido entre el período 1986 a mayo de 1994 inclusive.--------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.----- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los diecinueve días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------